Manuel Monroy // Tuxtla Gutiérrez
Margarita Corro Mendoza, legisladora de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), presentó una iniciativa para que el aguinaldo que reciben los trabajadores pase de 15 a 30 días, pues la prestación se encuentra regulada de forma no equitativa.
Y es que la diputada refiere que mientras los privados otorgan únicamente 15 días de salario por concepto de aguinaldo al fin de año, los trabajadores al servicio del Estado reciben el pago equivalente a 40 días de salario.
En su exposición de motivos, la representante popular recordó que México tiene una gran historia en la defensa de los derechos laborales. A nivel mundial ha marcado grandes precedentes para las trabajadoras y los trabajadores.
Señaló que la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, contienen derechos humanos mínimos en materia laboral que rigen las relaciones laborales y dignifican el trabajo de miles de mujeres y hombres.
Enfatizó que por décadas la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentó mejores prestaciones laborales, como el pago del aguinaldo, sin embargo, por años, fueron olvidados los empleados que laboran para los privados, omitiendo reformas justas.
“Si bien los empleados que rigen su vida laboral por el apartado “A”, han mejorado sus condiciones laborales, pasando de un salario mínimo en enero de 2000 de 78.16 pesos a 315.04 pesos en enero de 2026, aún hay grandes retos, ejemplo de ello es el incremento al pago de aguinaldo”, dijo.
Es decir, actualmente el aguinaldo es una prestación que se encuentra regulada de forma no equitativa, entre los trabajadores del Apartado “A” y el apartado “B”.
Señaló que Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene como principios fundamentales la protección de los derechos laborales bajo el principio de progresividad, es decir, reformar de manera progresiva las leyes, en beneficio de las trabajadoras y los trabajadores.
En ese contexto, la Ley Federal del Trabajo establece en el artículo tercero, el principio de no discriminación entre los trabajadores, este artículo fundamenta el objeto de esta reforma, al reconocer que los empleados del Apartado “A”, tienen el mismo derecho de recibir un incremento al pago de la prestación con motivo de aguinaldo.









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